REFERENCIA LEGAL: Ley 19/2013. "Artículo 8. Información económica, presupuestaria y estadística. (...) 3. Las Administraciones Públicas publicarán la relación de los bienes inmuebles que sean de su propiedad o sobre los que ostenten algún derecho real." Ley 12/2014. "Artículo 25. Información del patrimonio. 1. La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, hará pública y mantendrá actualizada la información siguiente: (...) b) La relación de bienes inmuebles de que sean titulares o sobre los que se ostente algún derecho real, especificando si están ocupados o no por las dependencias de sus órganos o servicios (...). (...)" Ley 8/2015. "Artículo 109. Información del patrimonio. Los cabildos insulares, en relación con su patrimonio, harán pública y mantendrán permanentemente actualizada la información siguiente: a) La relación de bienes inmuebles que sean de su propiedad, los cedidos por otras administraciones o entidades y los demás sobre los que se ostenten algún derecho real, especificando si están ocupados o no por las dependencias de sus órganos o servicios (...). (...)"
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