AÑO 2025
Acceso a las consultas realizadas en los años 2021, 2022 , 2023, 2024, 2025 y 2026
REFERENCIA LEGAL: Ley 19/2013. "Artículo 7. Información de relevancia jurídica. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán: (...) c) Los proyectos de Reglamentos cuya iniciativa les corresponda. Cuando sea preceptiva la solicitud de dictámenes, la publicación se producirá una vez que estos hayan sido solicitados a los órganos consultivos correspondientes sin que ello suponga, necesariamente, la apertura de trámite de audiencia pública. (...)" Ley 12/2014. "Artículo 22. Información en materia normativa. 1. La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias hará pública y mantendrá actualizada la información siguiente: (...) B) Respecto de los anteproyectos de ley y proyectos de reglamentos: (...) b) Los textos de los (...) proyectos reglamentarios, simultáneamente a la solicitud de los informes preceptivos. (...)" Ley 8/2015. "Artículo 105. Información en materia normativa. Los cabildos insulares mantendrán permanentemente actualizada la información siguiente: (...) c) Los textos de los proyectos de ordenanza o reglamento una vez ultimados y, en todo caso, simultáneamente a la solicitud de los informes preceptivos. (...)"