Las retribuciones íntegras percibidas anualmente por los altos cargos. En el caso de que el alto cargo sea funcionario se incluye la retribución por trienios.
POR AÑOS:
Año 2021
Año 2022
Año 2023 E INFORMACION MAS DESGLOSADA
Anexo Personal Jefaturas
Anexo Personal Promoción Interna
Anexo Personal Promoción Interna Bomberos
Anexo Personal Órganos de Gobierno
Anexo Personal Laboral
Anexo Personal Funcionarios
Anexo Personal Eventual
REFERENCIA LEGAL: Ley 19/2013. "Artículo 8. Información económica, presupuestaria y estadística. 1. Teniendo en cuenta las competencias legislativas de las Comunidades Autónomas, los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de este título deberán hacer pública, como mínimo, la información relativa a los actos de gestión administrativa con repercusión económica o presupuestaria que se indican a continuación: (...) f) Las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y máximos responsables de las entidades incluidas en el ámbito de la aplicación de este título (...). (...)" Ley 12/2014. "Artículo 21. Información en materia de retribuciones. La Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, respecto de su personal y el de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, hará pública y mantendrá actualizada la información siguiente: a) Información general de las retribuciones de los altos cargos de la Administración y del personal directivo, articulada en función de la clase o categoría del órgano (...). (...)" Ley 8/2015 "Artículo 104. Información de las retribuciones. Los cabildos insulares, respecto de las retribuciones de la corporación y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de los mismos, mantendrán permanentemente actualizada la información siguiente: a) Información general de las retribuciones de los titulares de los órganos de gobierno y de los órganos superiores y directivos, articulada en función de la clase o categoría del órgano (...). b) Información sobre las retribuciones de los miembros con dedicación parcial, especificando la dedicación mínima exigida. (...)"